06 mayo, 2009

CON RESPECTO AL COLEGIO DE HISTORIADORES


Este pronunciamiento salió hoy.


Pronunciamiento contra la creación del Colegio de Historiadores del Perú
La Comisión de Educación del Congreso de la República ha aprobado el proyecto de ley Nº 904/2006-CR, por el cual se pretende crear un Colegio Profesional de Historiadores. Los abajo firmantes consideramos que, entre muchas otras razones, debemos oponernos a este proyecto por los siguientes motivos:
1) La creación de un colegio de historiadores viola la libertad de expresión y acceso a la informaciónEl proyectado Colegio Profesional de Historiadores del Perú restringiría las posibilidades de comunicar o publicar información histórica, pues reservaría para los colegiados la posibilidad de pronunciarse sobre hechos del pasado. Además, limitaría las formas de investigar temas históricos ya que plantea restricciones para el acceso a la información. En este sentido, el proyecto es inconstitucional, pues atenta contra aquellos derechos que garantizan la libertad de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento.
2) Un colegio de historiadores limitaría el libre ejercicio profesional y el desarrollo académico de los historiadoresEl proyectado colegio impediría que muchos destacados historiadores nacionales y extranjeros se desempeñen en el Perú puesto que, sin el título de licenciatura, no estarían inscritos en el mencionado colegio. Esta restricción impediría, por ejemplo, que reconocidos magísteres y doctores en Historia no licenciados puedan ejercer la investigación o la docencia universitaria. De otro lado, al establecer como único requisito para poder ejercer como historiador la obtención de la licenciatura y la inscripción en el proyectado colegio, se frenaría el desarrollo profesional meritocrático, pues la colegiatura facilitaría la obtención de plazas laborales a historiadores que no tendrían la necesidad de realizar estudios de posgrado o de continuar con sus investigaciones. Al mismo tiempo, este colegio no tendría cómo promover el crecimiento del campo laboral de los historiadores.
3) Un colegio de historiadores sería una traba para el desarrollo de la disciplina y para el enriquecimiento del conocimiento del pasadoPorque el proyecto pretende depurar o erradicar un supuesto intrusismo profesional por parte de no historiadores y, de esa manera, cerrar la posibilidad de que los no historiadores puedan investigar o difundir información sobre la historia. Esta pretensión afectaría el fructífero intercambio académico y debilitaría los lazos que se tejen desde hace muchos años con otras ciencias y disciplinas.
4) El trabajo del historiador no se puede regular con un colegioEl trabajo de los historiadores es completamente distinto al de los médicos, arquitectos, abogados, ingenieros, contadores, entre otros, cuyo ejercicio profesional sí genera un impacto inmediato en la sociedad y sí requiere de filtros que regulen su ejercicio. El trabajo histórico es en esencia humanista y liberal, y debe renovarse constantemente. Su regulación, validación o evaluación ética se produce en instancias distintas de las de un colegio profesional; más bien ocurre en la relación que los historiadores establecen con facultades, centros de investigación y redes académicas.
5) Un colegio de historiadores no es necesarioFinalmente, no existe un peligro real que, como se plantea en la exposición de motivos del proyecto, amenace el ejercicio de la profesión de los historiadores o impida el desarrollo de la disciplina. Reafirmamos, entonces, que nadie puede ni debe controlar el modo como la historia es narrada, pues ella es de dominio público de todos los peruanos, y que un colegio profesional no generaría beneficios ni inmediatos ni a largo plazo para los historiadores, pues solo sería una instancia burocrática más que, por lo antes expuesto, entorpecería la labor de los historiadores y el desarrollo de la disciplina.
Lima, 04 de mayo de 2009.

Las personas abajo firmantes
Nelson Manrique Gálvez (DNI: 07779676), Karen Spalding (EEUU), Florencia Mallon (EEUU), Carmen Mc Evoy (EEUU), Carlos Alberto Contreras Carranza (DNI: 10308674), Antonio Zapata Velasco (DNI: 06382576), Martín Tanaka (DNI: 06408442), Liliana Regalado de Hurtado (DNI: 07914557), Marcos Cueto Caballero (DNI: 10265401), José Ignacio López Soria, Juan Carlos Estenssoro Fuchs (DNI: 07803334), Cristóbal Roque Aljovín de Losada (DNI: 07717447), Natalia Majluf (DNI: 10266858), Humberto Rodríguez Pastor (DNI: 07201836), Augusto Ruiz Zevallos, Margarita María Suárez Espinosa (DNI: 06517231), Pedro Guibovich Pérez (DNI: 08220237), Marco Curatola Petrocchi (C.E. 000219153), Amalia Castelli, Martin Monsalve Zanatti (DNI: 10302353), Carlota Alicia Casalino Sen (DNI: 10218140), Jesús Cosamalón Aguilar (DNI: 08023897), Carlos Aguirre (DNI: 09068961), Marisol de la Cadena (DNI: 07587162), Paulo Drinot (DNI: 06522303), María Emma Mannarelli Cavagnari (DNI: 08224795), José Luis Renique (DNI: 06379628), Charles Walker (EEUU), Claudia Rosas Lauro (DNI: 09869770), Sara Beatriz Guardia (DNI: 06660201), Carlos Alberto Chávez Rodríguez (DNI: 25623417), Juan Luis Orrego Penagos (DNI: 06234689), Miguel Costa, (DNI: 09877239), Ricardo Daniel Cubas Ramacciotti (DNI: 09540539), Cristina Ana Mazzeo de Vivó (C. E. 000094482), Augusta Cecilia Valle Taiman (DNI 07864645), José de la Puente Brunke (DNI: 07969788), Antonio Cajas (DNI: 07968312), Rafael Sánchez-Concha Barrios (DNI: 08810603), Joseph Dager Alva (DNI 40057121), Mark Carey (EEUU), Ruth Borja Santa Cruz (DNI: 08643884), Cesar Puerta Villagaray (DNI: 09475141), Julio Buenaño (DNI: 08489353), Ricardo Daniel Cubas Ramacciotti (DNI: 09540539), Alfredo Bushby (DNI: 09152735), Norma Gamarra Pineda (DNI: 25786710), Emilio Iván Candela Jiménez (DNI: 40743959), Gonzalo Villamonte (DNI: 10544310), José Frank Ragas Rojas (DNI: 10587115), Catherine Paola Rodríguez Manrique (DNI: 40345731), Elizabeth del Pilar Montañez Sanabria (DNI: 41142681), Livia Ianesha Letts Benavides (DNI: 41332618), Carlos Alberto Dávila Corrales (DNI: 07494470), Raúl Eduardo Silva Huapaya (DNI: 10195815), Javier Puente Valdivia (DNI: 41517435), Julio Néstor Núñez Espinoza (DNI: 09951936), José Luis Igue Tamaki (DNI: 41541782), Álvaro Luis Macchiavello Espinoza (DNI: 40446610), Cayetana Adrianzén Ponce (DNI: 44284489), Roberto Carlos Niada Astudillos (DNI: 40621637), Valeria Neves Carrillo (DNI: 40960324), Héctor Jesús Huerto Vizcarra (DNI: 42881354), Adrián Luis Enrique Lerner Patrón (DNI: 23810632), Jorge Enrique Bayona Matsuda (DNI: 40666332), Jorge Luis Valdez Morgan (DNI: 40087220), Roberto Bustamante Vento (DNI: 07522037), Gianmarco León (DNI: 40579177), Tilsa Ponce (DNI: 42950245), Ricardo Daniel Guerrero Salazar (DNI: 40840241), Natalia Jaira del Águila Taipe (DNI: 41356489), Javier Andrés Jiménez Aragón (DNI: 42381221), Javier Augusto Espinoza Ríos (DNI: 41725801), Giovanna Ottazzi Ponce (DNI: 41307513), Fabricio Tealdo Zazzali (DNI: 40164625), Carlos Aburto Cotrina (DNI: 07756818), Maribel Yolanda Arrelucea Barrantes (DNI: 09717169), César Pérez-Albela Stuart (DNI: 41148112), Valeria Gatti Álvarez (DNI: 41439142), Maria Ilce Lisseth Ramis Figueroa (DNI: 07781687), Claire Jaureguy Robinson (DNI: 10638746), Rodrigo Cabrera Nieri (DNI: 10803989), María Eugenia de Aliaga Arrarte (DNI: 10725103), Jorge Moreno Matos (DNI 06633042), Víctor Jesús Arrambide Cruz (DNI: 40397390), Jorge Freddy Huamán Machaca (DNI: 40296879), Talia Choque Chipana (DNI: 42992184), Rodrigo Alonso Sarmiento Herencia (DNI: 41901288), Tamara Deborah Natasha Feinstein, (EEUU), Daniel Parodi (DNI 08272720), Patricia Ledesma Liébana, Alexis Iparraguirre Castro (DNI: 08157175), Franka Winter (Alemania), Sairi Cornejo Elias (DNI: 41034773), Luz Huertas (DNI: 40779078), Alex Loayza Pérez (DNI: 09872234), Guillermo Salas Carreño (DNI: 09677695), Mercedes de las Casas Grieve (DNI 07791544), Juan Carlos de Orellana Sánchez (DNI: 41312702), Brenda Sofia Contreras Hernandez (DNI: 43555483), Claudia Virginia Valdivieso García (DNI: 09994941), María Luisa Palacios McBride (DNI: 08245434), Pablo Torrejón Hoefken (DNI: 43432640), Mariel García LLorens (DNI: 40673726), Luis Guillermo Cortés Carcelén (DNI: 07253366), Carla Granados Moya (DNI: 42289496), Rafaela Maggiolo de Almenara (DNI: 40542116), Consuelo Elizabeth Miyasato Linares (DNI: 43389966), Roberto Ayala Huaytalla (DNI: 40951458), Jorge Alberto Ccahuana Córdova (DNI: 43299439), Víctor Manuel Torres Laca (DNI: 40502100) Pablo Whipple (Chile), Jorge Coronado, Eddy Walter Romero Meza (DNI: 41881689), Raúl Necochea (DNI: 06349182), Rosabella Alvarez-Calderon Silva-Santisteban (DNI: 40243190), Geneieve Dorais (EEUU), Roxana Rodríguez-Cadilla Ponce (DNI: 09673363), Juan Fonseca Ariza (DNI 09759298), Edgard Alberto Manrique Mogroevejo (DNI: 40951874), Guillermo Cortés Carcelén (DNI: 07253336), Oscar Alberto Carrasco Molina (DNI: 07546498), Gabriel García Higueras (DNI: 07798843), Eduardo Luciano Torres Arancivia (DNI: 10310099), Juan Miguel Espinoza Portocarrero (DNI 45556767), María de Fátima Valdivia del Río (DNI: 10643155), Daniel Soria Luján (DNI: 07263463), Milagros Lock Reyna (DNI: 10790013), Roel Alonzo Torres (DNI: 10723476), Margarita Benavides (DNI: 07825536), Juan Alberto San Martín Vásquez (DNI: 25681244), Omar Rojas Herrera (DNI: 09381007), Deynes Salinas Pérez (DNI: 41521862), Matteo Stiglich Labarthe (DNI: 41276815), Barbara Espinoza Neyra (DNI: 10771203), María Paula Maraví, Yukyko Takahashi Martínez (DNI: 70006219), William Chamorro Serrano (DNI: 43309117), Ana Luisa Burga, Deynes Dámaso Salinas, Fred Werner Rohner Stornaiuolo (DNI: 10771184), Kukuli Huaringa Benavides (DNI: 07905507), Geraldo César Flores Suárez (DNI: 42946261), Juan José Torre Toro (DNI: 10734811), Carolina Matilde Murga Portella (DNI: 41871349), Paola Mirella Rodríguez Siles (DNI: 07885544), Pablo Reyes Bravo (DNI: 44378797), Daniela Rubio Giesecke (DNI: 42429512), Gisela Adriana Hurtado Regalado (DNI: 09673972), Augusto Martín Ueda Tsuboyama (DNI: 10135157), Augusto Martín Ueda Tsuboyama (DNI: 10135157), Michele Leiby (EEUU), Irma Barriga Calle (DNI: 08773249), Sandy Miyagussuko Shimabukuro (DNI: 41064621), Leticia Quiñones (DNI: 09878587), Sara Beatriz Guardia (DNI: 06660201), Juan Antonio Lan Ninamango (DNI: 45562618), Álvaro Hopkins Barriga (DNI: 45432496), Humberto Martínez Aponte (DNI: 08773250), Santiago Martinez Barriga (DNI: 42899062), José Luis Gonzáles Sequeiros (DNI 41403299), Manuel Guillén Guillén (México), Federico Helfgott Seier (DNI: 42195667), Elizabeth Lino Cornejo (DNI: 07880949), Alan Torrico Lapoint (DNI: 43564210), Claudia Angelica Juarez Seminario (DNI: 40839650), María Ileana Vegas de Cáceres (DNI: 08247598), Eduardo René Barriga Altamirano (DNI: 42680718), Luz Milagros Huayta Vargas (DNI 40023835).


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3 comentarios:

ahirsanucleodeinvestigacion dijo...

PROFESOR ¿QUE OPINIÓN TIENE SOBRE LA CONFORMACIÓN DEL COLEGIO PROFESIONAL DE HISTORIADORES QUE ESTAMOS PROMOVIENDO?

Unknown dijo...

Suscribo lo dicho por mis colegas.

No al CHP dijo...

Gracias por el apoyo.